(OVIAndalucía) Solo 12 personas disfrutan actualmente de este derecho reconocido por la Ley de Dependencia en Andalucía.
Se exige al Gobierno andaluz la publicación urgente de una orden o decreto que desarrolle esta prestación económica.
Desde hace años, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha financiado proyectos de asistencia personal a través de subvenciones competitivas anuales. Sin embargo, pese a recientes avances como el apoyo a personas con ELA, desde OVIAndalucía se considera que llegan tarde y mal.
📊 Datos actuales:
-
Solo 52 personas con ELA serán beneficiarias del último proyecto piloto.
-
Más de 800 personas padecen ELA en Andalucía.
-
27.388 personas dependientes están en residencias y 88.418 reciben ayudas para cuidados familiares.
📜 En 2013, el Parlamento andaluz aprobó por unanimidad una proposición no de ley que instaba al Gobierno autonómico a desarrollar la Asistencia Personal según la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ratificada por España en 2007 y en vigor desde 2008). A día de hoy, más de una década después, esta regulación sigue sin existir.
Reivindicaciones urgentes:
-
Implantar la Asistencia Personal como derecho básico (art. 19 de la Convención).
-
Ofrecerla sin restricciones por edad, tipo de diversidad funcional ni actividad.
-
Implementar proyectos piloto demostrativos (año 2014).
-
Desarrollar una norma autonómica que regule y garantice este derecho.
En 2015, OVIAndalucía inició un proyecto piloto con financiación parcial de la Junta y la UNIA, avalado por investigadores de la Universidad Pablo de Olavide. Se demostró su viabilidad, sostenibilidad y rentabilidad social, pero no se ha materializado en normativa.
Actualmente, apenas 4 personas continúan en este programa, que ha sufrido recortes y suspensiones injustificadas. Incluso, los propios usuarios han tenido que financiar parte del coste de sus asistentes personales.
📣 Desde OVIAndalucía instamos a la consejera Loles López Gabarro a dejar de lado el modelo de subvenciones limitadas y apostar por una regulación firme, mediante orden o decreto, para cumplir con la Convención y garantizar el derecho a la vida independiente en igualdad de condiciones.