Datos sobre la Directiva de Hábitats, el Centro de Recepción de Conejeras y la ZECLa parcela de construcción del centro de visitantes de Conejeras se encuentra dentro de los límites de la  Zona  Especial  de  Conservación  (ZEC) y  de  la  Zona  de  Especial Protección  para   Aves  (ZEPA)    de    la     Sierra     de    las    Nieves    (ES6170006). (Información   obtenida   de: https://sigpac.mapama.gob.es/fega/visor/)

Esto quiere decir que las obras se han de ajustar a la normativa ambiental y a los planes aprobados para dichas ZEC y ZEPA, y además no podrían afectar  a ningún  Hábitat de Interés Comunitario  (HIC) sin un preceptivo informe a la Comisión o Dirección General Europea correspondiente.

En este caso, la parcela  donde se haya  la zona de construcción alberga  un HIC, el 6220_2*  que  corresponde  a  “Majadales   de  Poa  bulbosa  (Poetea  bulbosae)”  según REDIAM.

(Información obtenida de:https://portalrediam.cica.es/geonetwork/srv/api/records/a180378a152c145ed5b0697 fa341e08ab73b363d)

Este HIC, además, es un hábitat prioritario, lo que conlleva aún más restricciones según el artículo  6 de la  Directiva  92/43  UE  y  solo puede ser alterado  por un  catálogo muy  restringido  de actuaciones,  entre  los que  no entra  un  centro  de recepción  de visitantes.

“En caso de que el lugar considerado albergue un tipo de hábitat natural o una especie prioritarios,  únicamente  se podrán  alegar  consideraciones  relacionadas  con  la  salud humana  y  la  seguridad  pública,  o relativas  a  consecuencias  positivas  de primordial importancia para el medio ambiente, o bien, previa consulta a la Comisión [Europea], otras razones imperiosas de interés público de primer orden» (artículo 6.4).”

(Información obtenida de: https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/espacios-protegidos/red- natura-2000/art6.html)

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