La norma recoge el funcionamiento de los centros de adiestramiento

El decreto 94/2025, de 16 de abril, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia, su distintivo y carnet de vinculación, los centros de adiestramiento y el Registro de Perros de Asistencia entra en vigor en Andalucía este martes, 24 de junio.

Esta norma desarrolla la Ley 11/2021, de 28 de diciembre, por la que se regulan los perros de asistencia a personas con discapacidad en la comunidad autónoma andaluza, que reconoce el derecho de acceso al entorno de las personas con discapacidad o con determinadas condiciones de salud que tengan necesidad de acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de un perro de asistencia, así como a los centros de adiestramientos de estos animales.

El texto recoge que el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia se iniciará a instancia de la persona usuaria, o su representante legal en caso de ser menor de edad, su guardador de hecho o la persona que le preste apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Los perros de asistencia deben estar identificados con un dispositivo único, visible en su arnés o collar, que permitirá su identificación ante las autoridades públicas, así como en el ámbito privado.

El decreto también señala que las personas usuarias tendrán que acreditar la unidad de vinculación con el animal mediante un carnet electrónico en el que figurarán sus datos personales y los datos de identificación oficial del perro de asistencia.

Centros de adiestramiento

En cuanto a los centros de adiestramiento de perros de asistencia, deben tener la entidad personalidad jurídica propia; estar inscritos en el Registro Único de Ganadería de Andalucía, Sección de Explotaciones Ganaderas, y contar con profesionales cualificados para el adiestramiento.

Estos centros deberán emitir el certificado que acredite que el perro adiestrado en cada caso cumple con la función para la que ha sido entrenado y que mantiene con la persona usuaria la unidad de vinculación necesaria.

Respecto al Registro de Perros de Asistencia de Andalucía, el texto lo define como el instrumento de conocimiento y gestión documental en la materia. Este registro es único y adscrito a la Consejería competente en materia de servicios sociales, y estará dividido en dos secciones: una destinada a la inscripción de unidades de vinculación y otra dedicada a la inscripción de centros de adiestramiento de perros de asistencia.

Para la integración del registro de perros de asistencia en el Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA), la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha formalizado un convenio con el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios, actual gestor de esta plataforma.