La resolución introduce nuevas medidas para la conservación determinadas especies, además de establecer los días autorizados para la caza de la tórtola europea
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado hoy la resolución de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad por la que se establecen los periodos hábiles de caza para la temporada 2026/2027 en Andalucía. De esta forma, se fijan las fechas de apertura y cierre correspondientes a las distintas especies cinegéticas, así como las limitaciones y medidas específicas destinadas a garantizar una gestión sostenible de los recursos cinegéticos.
La resolución, informada por el Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad el pasado 25 de mayo, adapta los periodos hábiles de caza establecidos en la Orden General de Vedas a las fechas concretas de la temporada 2026/2027 e incorpora diversas medidas excepcionales derivadas del seguimiento científico de las poblaciones cinegéticas.
Entre las principales novedades, figura el mantenimiento de las medidas de protección para la liebre ibérica (Lepus granatensis), cuyas capturas continúan mostrando un acusado descenso desde la aparición de la mixomatosis en esta especie. Así, la caza de la liebre quedará limitada a los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos, excepto en la provincia de Almería, donde serán hábiles los viernes, sábados, domingos y festivos. Además, se establece por primera vez un cupo máximo de dos ejemplares por persona cazadora y día en las modalidades con arma.
En el mismo sentido, se mantiene la prohibición de ampliar la caza de la liebre mediante carreras con galgos atraillados y con azor, y águilas Harris, entre el 4 y el 31 de enero de 2027, salvo para la celebración de campeonatos deportivos oficiales incluidos en el calendario de la correspondiente federación deportiva.
La resolución también mantiene la equiparación del periodo hábil de media veda para la paloma torcaz (Columba palumbus) y la paloma bravía (Columba livia) en la zona costera de Cádiz con el resto de Andalucía. Esta medida responde al incremento de las poblaciones de ambas especies y a los daños que siguen ocasionando en cultivos agrícolas, especialmente de garbanzo y girasol, así como a los problemas detectados en tendidos eléctricos.
Otra de las novedades destacadas afecta a la codorniz común (Coturnix coturnix). Atendiendo a las recomendaciones trasladadas por la Comisión Europea y mientras se continúa avanzando en el conocimiento científico sobre la situación de sus poblaciones, durante el periodo general de caza menor esta especie sólo podrá cazarse los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos, salvo en Almería, donde serán hábiles los viernes, sábados, domingos y festivos.
Además, se recuerda la obligación de que los titulares de los cotos remitan antes del 1 de octubre el informe de capturas de todas las especies de la media veda. En el caso de la codorniz, la ausencia de estos datos podrá ser tenida en cuenta en el proceso de la asignación de posibles futuros cupos de captura.
La resolución de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente establece también según las recomendaciones de la Comisión Europea limitaciones específicas para dos especies de aves acuáticas. Con el objetivo de reducir la presión cinegética sobre el porrón europeo (Aythya ferina) y el silbón europeo (Mareca penelope), se fija un cupo máximo de dos ejemplares de cada especie por persona cazadora y día en todo el territorio andaluz.
En relación con la tórtola europea (Streptopelia turtur), Andalucía contará por segundo año consecutivo con una cuota de capturas asignada en el marco del Plan de Gestión Adaptativa de la especie en el corredor migratorio occidental. Concretamente, para la temporada 2026/27, la comunidad andaluza contará con un cupo total de 40.338 ejemplares, cifra asignada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación tras el reparto acordado entre las comunidades autónomas incluidas en la vía migratoria occidental.
A la vista de los resultados obtenidos durante la pasada temporada, se amplían de dos a cuatro los días hábiles autorizados para su caza durante la media veda. Concretamente, las jornadas autorizadas serán los días 22, 23, 29 y 30 de agosto de 2026 en el conjunto de Andalucía, excepto en la zona costera de Cádiz, donde podrán realizarse capturas los días 5, 6, 12 y 13 de septiembre.
La resolución fija además la veda general del conejo entre el 9 de agosto y el 29 de noviembre; el periodo hábil para ciervo, gamo, muflón y jabalí entre el 17 de octubre y el 14 de febrero; para la cabra montés entre el 17 de octubre y el 25 de abril; y para el corzo entre el 10 de julio y el 15 de agosto y del 1 de marzo al 15 de abril. Respecto a esta última especie también se ha incluido una reciente modificación de la Orden General de Vedas, según la cual, las batidas de corzo podrán realizarse a partir de la temporada 2026-2027 entre el 22 de febrero y el 31 de marzo.












